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Si has llegado hasta aquí es probable que lo hagas hecho por la curiosidad de saber qué es una travesía; o por el hecho de que te hayas topado con la que DGT ha informado de que hay más de 32.700 tramos de travesías (cubriendo unos 18.000 km); o, esperemos que no, porque te han multado en una travesía y no entiendes muy bien la razón.
En este post intentaremos dar una definición lo más ajustada posible al concepto de travesía. Como verás, hay polémica y diferentes versiones para entender qué es una travesía, pero no tanto para definir cómo debe comportarse un conductor cuando atraviesa una.
¡Vamos allá!
Partamos de la base, y ahora mismo lo veremos, de que, con la ley (o leyes) en la mano, no está nada claro qué es una travesía. Como introducción podemos contentarnos con decir que son aquellas vías que atraviesan poblaciones, polígonos industriales o urbanizaciones y que conectan unas poblaciones con otras.
En las travesías nos podemos encontrar tanto con tráfico de tipo urbano como tráfico interurbano, esto es, que va de una población a otra. Como tal, hay algunos riesgos presentes que no se dan en otros tipos de vías, como las vías interurbanas o en las autopistas o autovías.
En el caso de las travesías, nos encontraremos con edificios, peatones, tráfico urbano, ciclistas, etc., que pueden suponer un riesgo a la seguridad de los usuarios del tramo.
Esta es la parte espinosa, porque dependiendo de la fuente que consultemos, o si lo hacemos con varias, podemos encontrar contradicciones o interpretaciones que nos pueden liar.
Según la Legislación de Seguridad Vial (LSV) y la Legislación Estatal de Carreteras (LC), que ahora consultaremos, las travesías son tramos de carretera donde nos encontramos con edificaciones consolidadas a ambos lados junto a un entramado de calles que se conecten a dicho tramo, al menos desde uno de sus márgenes.
Veamos ahora con mayor atención:
Según la Ley de Seguridad Vial, una travesía es un tramo de carretera que discurre por poblado. En este caso, la figura clave es el poblado. Es la propia ley la que define al poblado como un espacio que comprende edificios y en cuyas vías de entrada y salida se colocan las señales de entrada y salida.
De este modo, tendríamos que las vías se podrían dividir entre:
De esta forma, los carteles de entrada y salida de poblado delimitan la longitud de la travesía.
Por su parte, la Legislación Estatal de Carreteras (LC), dice lo siguiente sobre las travesías:
“Parte de carretera en la que existen edificaciones consolidadas al menos en dos terceras partes de la longitud de ambos márgenes y un entramado de calles conectadas con aquélla en al menos uno de sus márgenes.
La ley en este caso utiliza un enfoque distinto para calificar un tramo de carretera como urbano, definiendo como tramo de carretera aquel que esté así indicado por un estudio previo de delimitación de tramos urbanos aprobado por el Ministerio de Fomento.
Esto abre la mano al concepto de travesía de la Ley de Seguridad Vial, dando especial importancia a los criterios administrativos por los que se guíe el estudio y dejando al Ministerio de Fomento la titularidad de definir qué tramos son exactamente travesías y cuáles tramos urbanos.
En el concepto de travesía también juegan un papel importante las autonomías y, en general, los diferentes titulares que pueda tener un tramo de carretera, ya que su administración puede depender de una institución u otra.
En el caso de las autonomías, puede haber tantas interpretaciones de qué es una travesía como autonomías. En algunos casos, como pueden ser Andalucía, Madrid o Aragón, el concepto de travesía se adapta a la Ley de Carreteras Estatal.
Sin embargo, otras como Galicia propone su propia definición de travesía. En su caso, se considera travesía a un tramo que discurre por suelo urbano en el que nos encontramos con edificaciones consolidades que forman parte del núcleo de la población.
De esta manera, diferencia entre travesías urbanas, según la clasificación del suelo como urbano; y travesías rurales, cuando el tramo pase por una zona rural.
Las calles, o vías urbanas, son aquellas vías públicas que están dentro de poblado y que nos permiten recorrerlo. Por su parte, una travesía, como hemos visto, atraviesa el poblado y nos conecta, de forma interurbana, con otra población.
Lo que ocurre es que las travesías no están desconectadas de las vías urbanas, y pueden tener intersecciones, cruces, etc.
Como hemos visto, la vía interurbana se sitúa fuera de poblado, siendo la travesía la que lo atraviesa. Ahora bien, todo dependerá de qué ley consultemos, porque podrá depender de que sea una travesía la existencia de los carteles de entrada y salida o un informe de Fomento.
Ahora que ya sabemos, más o menos, cuándo nos encontramos en una travesía y cuando no (puede que esto último sea lo más sencillo), conoceremos sus características:
En las travesías, y esto puede ser motivo de multa habitual, la velocidad máxima establecida es, por lo general, de 50 km/h, 40 km/h para aquellos vehículos que transporten mercancías peligrosas.
Ahora bien, las autoridades competentes pueden bajar la velocidad máxima de las travesías en virtud de la peligrosidad del tramo. Del mismo modo, también podrán ser ampliados siempre y cuando se señalicen correctamente, pero sin sobrepasar los límites de este tipo de vías fuera de poblado, es decir, las vías interurbanas.
En el caso de que no haya señalización, la velocidad máxima de autopistas y autovías dentro de poblado no podrá superar los 80 km/h