Blog
Las cosas como son, a nadie le gusta que le “caiga” una multa. Muchas veces las vemos injustas, arbitrarias, hechas a propósito, etc. Pero debes saber que los tipos de infracciones, con su correspondiente sanción, están tipificados por la DGT y al alcance de cualquiera.
Para contribuir al deber de informar, hemos creado este post con la tabla actualizada de sanciones de la DGT, año en el que se publicó una reforma que ha afectado a varias de las sanciones más habituales, como la que se refiere a los niveles de alcohol en sangre permitidos.
Esto puede que suene redundante, pero debemos tener en cuenta que la normativa de tráfico no sólo recae sobre los conductores, sino sobre todo aquel usuario de la vía, como puede ser un peatón, un ciclista o una persona que va sobre un patinete.
Cuando se incumple alguna (o varias) de las normativas de tráfico se provoca una infracción que, dependiendo de su gravedad, puede suponer una multa económica, la retirada de puntos o, incluso, suponer un delito.
Las diferencias entre infracciones y delitos son que las primeras son menos graves y se resuelven por la vía administrativa (ejemplo: una multa) y pueden suponer la retirada de puntos. Sin embargo, los delitos, más graves, se resuelven por la vía judicial (mediante juicio).
Las infracciones más comunes son las siguientes:
Este tipo de infracciones pueden calificarse como leves, graves o muy graves, lo que puede suponer una sanción económica de diferente cuantía y la pérdida de puntos según la gravedad
Si alguna vez te has preguntado cuáles son las infracciones más comunes que se ven en las carreteras españolas, toma nota:
A propósito, los importes que veremos a continuación son los mismos a pesar de que la infracción pueda ser sancionada por diferentes cuerpos administrativos, salvo en el caso de las de carácter leve, que podrán ser graduadas según el organismo sancionador.
Respuesta rápida: no, no todas las sanciones quitan puntos, sólo aquellas calificadas como graves o muy graves:
Tipo de infracción | Sanción | Pérdida de puntos |
---|---|---|
Leve | Multa de hasta 100€ | No |
Grave | Multa desde 100€ hasta 500€ | Algunas |
Muy grave | Multa de 600€ | Siempre |
Tipo | 20 km/h | 30 km/h | 40 km/h | 50 km/h | 60 km/h |
---|---|---|---|---|---|
Grave | 21-40 | 31-50 | 41-60 | 51-70 | 61-90 |
Grave | 41-50 | 51-60 | 61-70 | 71-80 | 91-110 |
Grave | 51-60 | 61-70 | 71-80 | 81-90 | 111-120 |
Grave | 61-70 | 71-80 | 81-90 | 91-100 | 121-130 |
Muy grave | +71 | +81 | +91 | +101 | +131 |
Tipo | 70 km/h | 80 km/h | 90 km/h | 100 km/h | 120 km/h |
---|---|---|---|---|---|
Grave | 71-100 | 81-110 | 91-120 | 101-130 | 121-150 |
Grave | 101-120 | 111-130 | 121-140 | 131-150 | 161-170 |
Grave | 121-130 | 131-140 | 141-150 | 151-160 | 171-180 |
Grave | 131-140 | 141-150 | 151-160 | 161-170 | 181-190 |
Muy grave | +141 | +151 | +161 | +171 | +191 |
Tipo de infracción | Retirada de puntos (cantidad) |
---|---|
Efectuar un cambio de sentido en zonas prohibidas. | 3 puntos |
Conducir utilizando manualmente el teléfono móvil, programando el navegador, usando auriculares u otros dispositivos que disminuyan la atención. | 3 puntos |
No hacer uso del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección. | 3 puntos |
Conducir vehículos utilizando mecanismos de detección de radares o cinemómetros. | 3 puntos |
Saltarse STOP, semáforos y otras señales que indican prioridad | 4 puntos |
No respetar la distancia de seguridad | 4 puntos |
Conducir sin permiso de conducir o con este caducado | 4 puntos |
Arrojar a la vía objetos que puedan producir incendios, accidenteso suponer un obstáculo a la conducción | 4 puntos |
Realización de adelantamientos indebidos que pongan en riesgo la seguridad vial | 4 puntos |
Adelantar poniendo en peligro a ciclistas (recuerda, al menos 1,5 m de distancia de seguridad) | 4 puntos |
Circular marcha atrás en autopistas o autovías | 4 puntos |
No respetar las señales realizadas por agentes de seguridad y tráfico | 4 puntos |
Conducir con el permiso suspendido o retirado | 4 puntos |
Conducir de manera temeraria o en sentido contrario | 6 puntos |
Alterar el normal uso del tacógrafo o del limitador de velocidad (para conductores profesionales) | 6 puntos |
Circulación prohibida o en sentido contrario | Hasta 6 puntos |
Poner en peligro a otros usuarios de la vía como ciclistas o peatones | Hasta 6 puntos |
Mención aparte merecen las sanciones por conducir bajo los efectos del alcohol, que se han endurecido en la última reforma. Las tasas actuales son las siguientes:
Tipo de conductor | Tasa de alcohol en aire aspirado | Tasa de alcohol en sangre | Cuantía de la multa | Retirada de puntos (cantidad) |
---|---|---|---|---|
Conductor general | 0,25 mg/l aire aspirado | 0,5 g/l en sangre | 500€ | 4 puntos |
Conductor profesional | 0,15 mg/l aire aspirado | 0,30 g/l en sangre | 500€ | 4 puntos |
Conductor novel | 0,15 mg/l aire aspirado | 0,30 g/l en sangre | 500€ | 4 puntos |
Conductor menor de edad | >0,0 mg/l aire aspirado | > 0,0 g/l en sangre | 500€ | 4 puntos |
A estas condiciones hay que sumar que:
Esperamos haber podido aclarar cualquier duda relacionada con la tabla de sanciones de la DGT desde la entrada en vigor de la última reforma. En cualquier caso, lo mejor que podemos hacer es cumplir a rajatabla las indicaciones de la propia DGT si no queremos vernos sorprendidos por una multa. Y, recuerda, no te niegues a hacer la prueba de alcoholemia :D