Los controles preventivos de alcoholemia son algo habitual en las carreteras españolas, tanto en autovías como en carreteras nacionales o en secundarias. Normalmente se realizan de noche, siendo los fines de semana los días en que hay un mayor número de ellos.
Sin embargo, los controles preventivos no suponen la única vía para que un conductor pueda ser requerido a realizarse la prueba de alcoholemia. Hay una serie de condiciones que pueden hacer que sea necesario o legal que se realice la prueba a una persona.
En este post, en cambio, vamos a explorar qué ocurre por negarse a realizar la prueba de alcoholemia cuando se es requerid@. Veremos a qué tipo de penas, multas y sanciones se expone una persona que se niega a realizar dicho test.
Como adelanto y resumen, no es nada recomendable negarse a realizar la prueba de alcoholemia
El control de alcoholemia
Empecemos por el principio poniendo las cartas sobre la mesa. Para poder negarse a realizar la prueba de alcoholemia, el primer requisito es el propio control. Y ¿qué es un control de alcoholemia?
El control de alcoholemia es una prueba que tiene como objeto garantizar la seguridad colectiva en lo referente a la seguridad vial. Al ser la seguridad vial el bien jurídico que se protege, el sujeto activo sería tanto los conductores de vehículos o bicicletas (no así los ocupantes, salvo en vehículos de aprendizaje) como los peatones, si se ven implicados en un accidente o han cometido alguna infracción. Por lo tanto, el sujeto pasivo sería el conjunto de usuarios que utilizan las vías públicas.
En cuanto a un control de alcoholemia daría igual si el conductor tiene o no permiso de conducir. Negarse a realizar la prueba de alcoholemia sería incluso peor en este caso.
Volviendo al control de alcoholemia, se realiza de la siguiente manera:
- El conductor es requerido y el agente de tráfico le explica, brevemente, el procedimiento a seguir, entregándole una boquilla.
- Mediante un alcoholímetro se realiza la prueba mediante aire espirado del conductor. El alcoholímetro mide, a través de un sensor de gas, el porcentaje de alcohol en sangre.
- Si el resultado es negativo, se permitirá que el conductor reanude la marcha
- Si el resultado de la primera prueba da positivo, es, decir, excede los límites permitidos, se realizará una segunda prueba, con un intervalo mínimo de 10 minutos. También se puede dar si la persona muestra síntomas evidentes de embriaguez.
- Si el resultado es positivo, el conductor no podrá reanudar la marcha mientras los valores sigan siendo superiores, pero sí podrá coger el coche otro conductor que se encuentre en buenas condiciones. De no haberlo, el vehículo quedará inmovilizado.
- A petición del conductor, o de la autoridad judicial, puede solicitarse que la prueba se haga a través de análisis de sangre o de orina, a fin de contrastar la prueba de espiración. También se puede utilizar un etilómetro, que es como un alcoholímetro pero con un mayor nivel de precisión (el alcoholímetro tiene, aproximadamente, un margen del 7,5% de error relativo, que puede ser crucial en algunos casos si se piensa en una apelación).
- Si la prueba de análisis en sangre u orina es positiva, el conductor deberá correr con los gastos de inmovilización y transporte al centro médico correspondiente
¿Cuándo se puede realizar una prueba de alcoholemia y a quién?
Siendo el objetivo la preservación de la seguridad vial, suena a que cualquier peatón o conductor puede ser requerido en cualquier momento para que realice una prueba de alcoholemia, pero no, no es así.
En los artículos 21 y 28 del Reglamento General de Circulación vienen tipificados los motivos y los métodos de detección de sustancias.
Nuevamente, negarse a realizar la prueba de alcoholemia no es una buena opción
Los casos en los que se puede “investigar” la alcoholemia son:
- Cuando un conductor o un peatón está implicado de forma directa como posible responsable de un accidente
- Cuando un conductor presenta síntomas de que está conduciendo bajo los efectos de alguna sustancia (volantazos, conducción errática, nulo respeto por las señales de tráfico, acciones temerarias, etc.)
- Si un conductor es denunciado por haber cometido alguna infracción de tráfico
- Durante un control de alcoholemia
Condiciones y requisitos. ¿Qué dice la ley? Artículo 383 del Código Penal
Negarse a realizar la prueba de alcoholemia está tipificado como delito en el artículo 383 del Código Penal, dentro de los delitos contra la seguridad vial, que al mismo tiempo lo son contra la seguridad colectiva.Sin embargo, si no se cumplen las siguientes condiciones, negarse a realizar la prueba de alcoholemia será una infracción administrativa, y no un delito:
- Ser conductor de un vehículo a motor o ciclomotor, bicicleta, etc.
- Requerimiento de un agente en servicio para someterse a pruebas de drogas o de detección de alcohol
- Negativa del conductor a realizar las pruebas solicitadas por el agente
Tasa de alcohol permitida DGT
¿Y cuál es la tasa de alcohol permitida por la DGT que no supone sanción? Aquí conviene diferenciar, porque la tasa permitida no es la misma si se trata de un conductor novel, de uno experimentado, o de una persona que se gane la vida conduciendo.
Según la DGT:
El alcohol está presente entre el 30% y 50% de los accidentes mortales
A medida que aumenta la cantidad de alcohol en el organismo, lo hace el riesgo de accidente: con una alcoholemia de 0,5 gr de etanol por litro de sangre se multiplica por dos el riesgo de sufrir un colisión, y con 0,8 gr/l el riesgo es 5 veces mayor, y continúa aumentando a medida que lo hace el nivel de alcohol en sangre
Asimismo, debemos entender que la tasa de alcoholemia representa el volumen de alcohol que hay en la sangre. Se mide en g/l, o en su equivalencia en aire espirado mg/l
Conductores experimentados
Para conductores experimentados, esto es, que no son noveles, las tasas son:
Tipo de conductor | Tasa en sangre g/l | Tasa en aire espirado mg/l |
---|
Experimentado | 0,5 g/l | 0,25 mg/l |
Conductores noveles
Para el caso de los conductores noveles, los límites de alcohol en sangre son más estrictos, siendo:
Tipo de conductor | Tasa en sangre g/l | Tasa en aire espirado mg/l |
---|
Novel | 0,3 g/l | 0,15 mg/l |
Conductores profesionales
En lo referente a conductores profesionales, se les aplican los mismos límites que a los conductores novel:
Tipo de conductor | Tasa en sangre g/l | Tasa en aire espirado |
---|
Profesional | 0,3 g/l | 0,15 mg/l |
Sanciones por superar las tasas o negarse a hacer el test de alcoholemia
Sanciones vía administrativa:
Sanciones
|
Alcohol
|
Tasa
|
Sanción
|
0,25 – 0,50
mg/l
|
500€ + 4 ptos
|
>0,5 mg/l
|
1000€ + 6
ptos
|
Reincidentes
|
1000€ + 4/6 ptos
dependiendo de la tasa
|
Sanciones vía penal:
Alcohol
|
Delito
|
Pena
|
Tasas
superiores a:
- 0,60 mg/l
en aire
- 1,2 g/l en
sangre
|
Prisión de
tres a seis meses o multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la
comunidad de 30 a 90 días. Privación del derecho a conducir de uno a cuatro
años
|
Negativa a
someterse a las pruebas
|
Prisión de
seis meses a un año y privación del derecho a conducir de uno a cuatro años
|
Negarse a realizar la prueba de alcoholemia. Consecuencias
En el artículo 383 del Código Penal del que hablamos antes viene tipificadas las penas a las que se enfrentará el conductor que se niegue a someterse a las pruebas para la comprobación de las tasas de alcoholemia y presencia de drogas. Las sanciones son:
- Pena de prisión de seis meses a un año
- Privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores entre uno y cuatro años
Como puedes comprobar tanto por la tabla anterior como por este último desglose, el delito de desobediencia es distinto del del conducir bajo los efectos del alcohol. De hecho, es objetivamente peor, de modo que negarse a realizar la prueba de alcoholemia no es, definitivamente, una opción inteligente.
De todos modos, para que un conductor o una persona citada a realizarse la prueba sean condenados por desobediencia tienen que darse las siguientes condiciones:
- El requerimiento para hacerse la prueba debe ser por parte de un agente de la autoridad
- El conductor o peatón debe ser apercibido de las consecuencias de la negativa y de su regulación por parte del artículo 383 del Código Penal
- Debe haber una persistencia en la negativa, que además ha de ser expresa
Como puedes ver, negarse a realizar la prueba de alcoholemia no es una opción viable, porque actuará el código penal contra ti y recibirás un duro castigo. De todos modos, la mejor solución es y será siempre no conducir si se ha bebido o consumido algún otro tipo de sustancia. En Soluty Renting estamos plenamente concienciados de que la seguridad al volante es primordial. Por esa razón, y tal y como hemos visto en otros posts, ofrecemos vehículos nuevos con tecnología de asistencia a la conducción y control del vehículo.