Llega el verano, y con él lo hacen el calor y los días y tardes de playa. Si has pasado el día en la playa tal vez te apetezca, y lo veas incluso con un punto romántico, volver a casa conduciendo sin camiseta, con la ventanilla bajando y una fresca brisa aliviando el calor del interior del vehículo.

Tal vez esta estampa, muy habitual durante los años noventa y primeros 2000, sea hoy en día un poco más comprometida por las posibles consecuencias y qué pasa si te cruzas con un agente de tráfico y vas conduciendo sin camiseta (seas hombre o mujer).

Si has llegado hasta este post es porque seguramente te has preguntado si se puede o no conducir sin camiseta. Veamos qué nos dice el reglamento general de la circulación.

¿Por qué no se puede conducir sin camiseta?

Empezamos el post dando respuesta directa a la pregunta. No, no se puede conducir sin camiseta. Es por una cuestión de seguridad, además de por higiene. A pesar de que la circunstancia no viene tipificada como tal en el Reglamento de Circulación (ahora lo veremos), sin conduces sin camiseta te arriesgas a una multa, o a una grave quemadura en caso de accidente.

Esto es porque el cinturón de seguridad está pensando para ir sobre la ropa. Si, de repente, frenaras de forma agresiva y el coche diera un tirón, al ir sin camiseta y el cinturón detenerse, te provocaría heridas o quemaduras.

Por otra parte, conducir sin camiseta, y más en días de calor, es bastante antihigiénico, por el sudor que se pueda desprender, además de todas las bacterias que quedarán pegadas al cinturón y en la tapicería, además de restos de salitre o cloro.

¿Qué dice el Reglamento General de Circulación?


Si bien conducir sin camiseta no es una infracción como tal, en el Reglamento General de Circulación sí están presentes una serie de artículos de los que se puede inferir que no es una conducta adecuada y que es sancionable.

Un agente de tráfico, empleando esos artículos, podría sancionar a un conductor que condujera sin camiseta. Son los siguientes:

Artículo 3. conductores


En Normas generales de comportamiento en la circulación, los puntos 3.1 y 3.2. de esta forma, tenemos que:


Artículo 17. Capítulo III, normas generales de los conductores


El artículo 17, Control del vehículo o de animales, en su punto uno especifica que:

“Los conductores deberán estar en todo momento en condiciones de controlar sus vehículos o animales.

Al aproximarse a otros usuarios de la vía, deberán adoptar las precauciones necesarias para su seguridad, especialmente cuando se trate de niños, ancianos, invidentes u otras personas manifiestamente impedidas (artículo 11.1 del texto articulado)”.

Subrayamos la parte dedicada a adoptar las precauciones necesarias para su seguridad, que es la parte importante en este paso, por lo que mencionábamos antes de qué ocurriría en el caso de un parón brusco.

Artículo 18. Capítulo III, otras obligaciones del conductor


En el artículo 18 se especifica, por su parte, que:

El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía”. 

Por su molestia si vamos sin camiseta, se considera que el cinturón de seguridad puede comprometer la libertad de movimientos y la seguridad del conductor, además de por los motivos ya comentados.

¿Pueden multarte por conducir sin camiseta?


Sí, echando mano de esos artículos del Reglamento General de Circulación, con una cuantía que podría ir desde los 80€ hasta los 200€ según la gravedad que considere el agente, y que también podría conllevar a la pérdida de hasta 3 puntos de tu carné.

Y por estas otras cosas…

Como vimos en este artículo, conducir con chanclas también puede ser motivo de sanción, además de ser realmente incómodo. Podría incluso llegar a suponer la pérdida de puntos.

Otras situaciones que podrían derivar en una sanción serían comer o beber durante la conducción, extensible al uso de las manos para manipular algún tipo de objeto como, por ejemplo, coger el teléfono móvil, o fumar, que también podría llegar a ser sancionable.

El ordenador de a bordo, por ejemplo, sería una excepción, ya que cumple con una labor de asistencia a la conducción en muchos aspectos. Este punto está también indicado en el artículo 18 que vimos antes:

“Se considera incompatible con la obligatoria atención permanente a la conducción el uso por el conductor con el vehículo en movimiento de dispositivos tales como pantallas con acceso a internet, monitores de televisión y reproductores de vídeo o DVD. Se exceptúan, a estos efectos, el uso de monitores que estén a la vista del conductor y cuya utilización sea necesaria para la visión de acceso o bajada de peatones o para la visión en vehículos con cámara de maniobras traseras, así como el dispositivo GPS”.

¿Se puede conducir sin camiseta si vas en moto?


En el caso de los motoristas, cuyo cuerpo está mucho más expuesto no sólo a golpes fatales en caso de accidente, sino también a las inclemencias del tiempo, conducir sin camiseta tampoco está permitido en cuanto a que el conductor no podría cumplir con los artículos 17 y 18 en cuanto a su seguridad.

Damos por concluido este post recordando que, si bien no es una infracción que esté tipificada en el Reglamento General de Circulación, no es buena idea, por cuestiones de seguridad primero y porque podrías ser sancionad@, conducir sin camiseta.