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Si vas a conducir fuera de la Unión Europea, el Espacio Económico Europeo o de países con los que existe un acuerdo de circulación, debes tener el permiso de conducir internacional.
¿No lo sabías? ¡Sigue leyendo! En este post te contamos en qué países hace falta, cómo conseguirlo y qué necesitas para ello.
El carnet de conducir internacional es un documento de carácter temporal que nos permite, como su nombre bien indica, conducir por multitud de países evitando así que nos pongan una multa por no tener un permiso del país por el que circulamos.
Este carnet es aceptado en casi todos los países del mundo, pero es aconsejable que lo acompañes con tu permiso de conducir español en vigor. Además, debes saber que este documento no permite la circulación en el país que lo expide.
Como hemos mencionado antes, se trata de un permiso temporal que tiene validez de un año. Por eso, en caso de que vayas a cambiar tu residencia a otro país, deberás informarte sobre cómo realizar el canje de tu carnet en dicho lugar.
En algunos países sí que es obligatorio que tengamos este permiso, sin embargo, en muchos otros nos bastará con nuestro carnet de conducir español.
Además, si vienes de otro país de la UE, Islandia, Liechtenstein o Noruega y necesitas el permiso internacional, debes inscribir tu permiso en la DGT antes de solicitarlo.
Aunque no lo creas, estás autorizado a conducir en todos los países de la Unión Europea, así como los del Espacio Económico Europeo y aquellos con los que España tiene tratados bilaterales. Ejemplo de estos últimos son: Argelia, Argentina, Bolivia, Chile, Panamá, Uruguay, República Dominicana, Serbia, Turquía, Ucrania, Macedonia, Serbia, El Salvador, Brasil… etc.
Además, debes saber que si vas a conducir tu propio coche, puede que necesites otro documento llamado Carnet de Passages o Carnet de Passages en Douane (CPD), que viene siendo el equivalente al pasaporte de un coche. Puedes asegurarte en el consulado u oficina de turismo del país que vayas a visitar.
Sin embargo donde sí vas a necesitar el carnet de conducir internacional es en todos aquellos países que firmaron el convenio Internacional de Ginebra referente a transportes y comunicación.
Entre estos países, puedes encontrar: Albania, Argentina, Australia, Bélgica, Bulgaria, Camboya, Canadá, Chile, Corea del Sur, Cuba… Puedes encontrar la lista completa en internet o en el consulado y oficina de turismo del país que vayas a visitar, igual que en el caso anterior.
Recuerda que siempre debes acompañar este permiso internacional con tu carnet de conducir español en vigor. No te olvides de renovarlo en caso de tenerlo caducado ¡Te hará falta!
Aunque estos trámites puedan parecer difíciles, todo lo contrario. Con el objetivo de minimizar los tiempos de espera, ahora su gestión es mucho más sencilla. Tendrás la posibilidad de hacerlo por dos vías:
Antes de realizar los trámites, debes abonar la tasa 4.5 que tiene un coste de 10,51€ a través de la Sede Electrónica de la DGT. También se puede pagar en el momento de rellenar la solicitud presionando el botón de "Comprar". Se puede hacer con tarjeta de crédito, débito o cargo a cuenta.
Si decides hacerlo de manera presencial, podrás pagar dicha tasa en las oficinas con tarjeta de crédito o débito o aplicar una tasa previamente pagada en alguno de los canales habilitados.
Sea de una forma u otra, te hará falta tener a mano cierta documentación para poder llevar a cabo esta solicitud.
Si lo haces a través de internet, será necesario que tengas certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve, la referencia de la tasa pagada, en caso de que no la pagues al momento, un documento que acredite tu identidad y una fotografía tamaño carnet.
Los dos últimos, serán necesarios cuando vayas a recoger el carnet de conducir internacional a las oficinas. Además, se aceptan fotografías con velo, siempre y cuando el óvalo de la cara quede totalmente descubierto, de manera que no impida tu identificación.
De manera presencial, deberás rellenar la solicitud (modelo 3- Trámites de conductores), tener el justificante de pago de la tasa 4.5 y DNI o Pasaporte en vigor así como una fotografía tamaño carnet.
En caso de ser una persona extranjera comunitaria, necesitarás la Autorización de Residencia o documento de identidad de tu país, o Pasaporte junto con el Certificado de inscripción en el Registro Central de Extranjeros. Si eres una persona extranjera no comunitaria, la Autorización de residencia.
Este trámite se podrá realizar por la propia persona interesada o cualquier persona autorizada en su nombre. Podrás designar un representante a través del Registro de Apoderamientos.
Si el trámite se hace de manera presencial, puede acudir directamente el representante siempre que cuente con un documento firmado por la persona interesada que le autorice a llevarlo a cabo y que exprese su carácter gratuito. Para ello, puedes descargar el modelo de autorización de la DGT “Otorgamiento de representación”.
Además, en el momento de solicitar la cita previa, se debe indicar el DNI tanto del interesado como de la persona autorizada.